De grabar un video a ser inimputable: el camino del platense que celebró el atentado a CFK

30-11--1 - Por Primera Página

0221.com.ar

José Derman fue detenido este lunes luego de difundir un video festejando el atentado contra Cristina Fernández de Kirchner. El platense de 38 años tiene una extensa lista de denuncias por acosos y exhibicionismo en la ciudad y forma parte del Centro Cultural Kyle Rittenhouse, ubicado en 5 entre 64 y 65, donde se reúnen personas que son señaladas por tener una tendencia "neonazi", que "difunden ideas negacionistas, odio y racismo y de estar detrás de distintas atentados y vandalizaciones".

A pesar de este prontuario, Derman fue declarado inimputable. En la resolución a la que accedió 0221.com.ar, se dispuso su internación en un hospital neuropsiquiátrico de la capital provincial (en la localidad de Melchor Romero) y "continuar la investigación en miras a determinar la eventual implicancia de terceras personas en los sucesos que conforman la plataforma fáctica de la causa".

Declaran inimputable al militante de ultraderecha platense que celebró  ataque a Cristina Kirchner

Con la declaración de inimputabilidad, el juez también dispuso su sobreseimiento ya que se trata de una persona con sus facultades mentales alteradas. Pero la causa sigue abierta para determinar la posible participación de otras personas en el festejo por el ataque que afortunadamente fue fallido. El expediente está caratulado como "incitación a la violencia colectiva".

El estudiante de la UNLP tiene denuncias que datan desde hace varios años y volvieron a tomar relevancia en redes sociales a principios del 2022, cuando una usuaria platense subió a Twitter un hilo explicando y mostrando las diferentes conversaciones en las que Derman la acosaba enviándole imágenes de sus partes íntimas y amenazándola por ignorarlo.

"Este señor es José Derman y hace meses me viene amenazando, y enviando fotos y videos de sus genitales a mí y a muchas otras mujeres, principalmente feministas. Tiene causas en trámite ya avanzadas. Si estás siendo acosada por él, contactate conmigo", escribió en su cuenta de Twitter Florencia Zerdá, abogada especialista en violencia digital y acosada por Derman.

La abogada expresó haber recibido varios mensajes de otras personas que sufrieron el mismo acoso que ella, pero nunca lograron hacer caer al acosador. "Las mujeres que son agredidas por personas que la Justicia declara inimputables no tienen protección alguna. A ellos no se les hace seguimiento ni tratamiento serio y es muy difícil lograr una internación", expresó en su momento.

Lejos de desmentirlo, el acosador fue más allá en su insólita defensa: "No me estoy justificando por las cosas que están por circular en mi contra, pero sí les aseguro que ya ni me importa afrontar las consecuencias. No sé lo que es tener novia a los 36 años. Solo dos veces pude tener relaciones sexuales con una mina de onda y, después, no pude lograr más nada".

Además, se define como "católico, provida, antimarxista y anticuarentena". En su cuenta de Facebook, ataca contra el colectivo de mujeres y también realiza escraches en nombre de la agrupación de derecha "Fuerza Unidaria Argentina", en los que se jacta, entre otras cosas, de realizar pintadas en unidades del Frente de Izquierda.

El 26 de septiembre de 2017, la jueza Silvia Andrea Mendilaharzo, del fuero de Familia de La Plata, dictaminó que Derman tiene sus capacidades restringidas, en el marco de artículo 31 del Código Civil y Comercial de la Nación que establece:

La restricción al ejercicio de la capacidad jurídica se rige por las siguientes reglas generales:

  1. La capacidad general de ejercicio de la persona humana se presume, aun cuando se encuentre internada en un establecimiento asistencial
  2. Las limitaciones a la capacidad son de carácter excepcional y se imponen siempre en beneficio de la persona
  3. La intervención estatal tiene siempre carácter interdisciplinario, tanto en el tratamiento como en el proceso judicial
  4. La persona tiene derecho a recibir información a través de medios y tecnologías adecuadas para su comprensión
  5. La persona tiene derecho a participar en el proceso judicial con asistencia letrada, que debe ser proporcionada por el Estado si carece de medios
  6. Deben priorizarse las alternativas terapéuticas menos restrictivas de los derechos y libertades

El acusado es hijo de María Cristina Giglio, quien estuvo desaparecida durante la última dictadura militar. Según consta en su declaración realizada en La Plata en los Juicios por la Verdad, fue secuestrada en Ranelagh, en el año 1977. Pasó por la Brigada de Investigaciones de Quilmes, por el Destacamento de Arana, por la comisaría Primera de La Plata y la cárcel de Villa Devoto. Recuperó la libertad en agosto de 1981 por disposición de Poder Ejecutivo Nacional (PEN). En 1983 nació su hijo. La mujer fue su curadora hasta que falleció.

Derman "es una persona que está declarada inimputable y tiene que tener supervisión judicial del tratamiento psicológico y psiquiátrico, situación que generalmente se cumple", detallaron fuentes judiciales consultadas por este medio. También consideraron que "una vez que eso este claro en la justicia Federal le tendrían que pasar las actuaciones al juzgado de familia para que resuelva qué medidas tomar".