
¿Puede una persona que solo está paseando en un shopping sin comprar nada reclamar una indemnización por un accidente? Este caso que se resolvió en la Ciudad de Buenos Aires abre un debate clave sobre los derechos de los consumidores y la responsabilidad de los centros comerciales.
Hace más de 12 años, una mujer sufrió una caída grave al subir una escalera mecánica en el shopping Patio Bullrich. Según la denuncia, la escalera dio un “cimbronazo” que la desequilibró y la tiró al suelo. Lo que siguió fue un largo proceso judicial que ahora terminó con una condena millonaria para la empresa propietaria del shopping.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, sala A, confirmó que existe una relación de consumo entre quien visita un centro comercial y la empresa, incluso si no se compra nada. Esta definición amplía el alcance de la Ley de Defensa del Consumidor en la Ciudad de Buenos Aires y todo el país.
¿Por qué es importante esta decisión? Porque la justicia estableció que las empresas tienen una obligación objetiva: deben garantizar la seguridad de todos quienes usan sus instalaciones. No basta con decir que no hubo culpa; si alguien se lastima, la empresa debe indemnizar.
En este caso, la propietaria del shopping, IRSA Propiedades Comerciales S.A., y su aseguradora, Chubb Seguros Argentina, intentaron evitar la condena alegando que no existía una relación de consumo y que la escalera estaba en buen estado. Pero la Cámara Civil no les creyó.
Una factura presentada por la empresa de mantenimiento, OTIS Argentina S.A., reveló que pocos días después del accidente repararon una polea de la escalera. Además, un perito reconoció que un “cimbronazo” podía ocurrir por desgaste o suciedad, lo que confirmó la versión de la víctima.
Así, la justicia concluyó que no hubo causa externa que eximiera a la empresa de responsabilidad y ordenó aumentar la indemnización a más de 3.600.000 pesos, incluyendo gastos de tratamiento médico.
Este fallo es un precedente importante para quienes transitan lugares públicos como shopping, aeropuertos o supermercados en la Ciudad de Buenos Aires. La Cámara Civil reafirma que la seguridad es un derecho que debe protegerse en toda la relación de consumo, más allá de comprar o no un producto.
Si te preguntás qué hacer ante un accidente similar, este caso demuestra que podés reclamar y obtener una reparación justa, siempre que se pruebe la responsabilidad del proveedor. La justicia está del lado de la gente y protege a quienes sufren daños en espacios de uso público.