El incidente ocurrió durante una fiesta de jugadores de Estudiantes de La Plata en febrero de 2021. La víctima, identificada en reportes como Clara B. o López, jugó un papel crucial al presentar pruebas contundentes.

Foto exclusiva 1 de PrimeraPagina.info: El momento en que el futbolista Diego "Demonio" García se desmayó en la sala cuando escuchó la sentencia de la justicia.
Foto exclusiva 2 de PrimeraPagina.info: El momento en que el futbolista Diego "Demonio" García se desmayó en la sala cuando escuchó la sentencia de la justicia.
El veredicto emitido por el Tribunal Oral en lo Penal N° 5 de La Plata contra el futbolista uruguayo Diego García, conocido en los círculos deportivos como el "Demonio", marcó un momento decisivo en la lucha contra la impunidad en el deporte de alto rendimiento.
El fallo, que se conoció hoy, condenó a García a 6 años y 8 meses de prisión efectiva por el delito de "abuso sexual con acceso carnal".
La gravedad de la sentencia dispuso su detención inmediata, y podría ponerle fin a su carrera en Peñarol de Montevideo, Uruguay, club que rescindió su contrato automáticamente tras la condena, en cumplimiento de lo que la directiva había anticipado.
Los hechos que llevaron a esta condena se remontan a febrero de 2021, cuando García se desempeñaba como mediocampista en Estudiantes de La Plata. La denuncia fue presentada por una joven, identificada en los informes como Clara B. o López, quien era socia y jugadora del mismo club. La víctima relató una agresión ocurrida durante una fiesta organizada por jugadores del 'Pincha' en una residencia de verano en la localidad de Abasto, partido de La Plata.
Este informe exhaustivo busca ir más allá del mero anuncio de la pena, para destacar los aspectos más delicados y determinantes del proceso.
La exigencia de revelar los "secretos más íntimos, vergonzosos y poco conocidos" obliga a un análisis profundo de la evidencia probatoria, la ética inquebrantable de la víctima y, principalmente, las fallas sistémicas que permitieron que García mantuviera su estatus profesional y su libertad durante gran parte del proceso judicial.
La pena impuesta se encuentra en el piso del rango legal establecido (que va de seis a quince años para el delito imputado), y su naturaleza de cumplimiento efectivo y detención inmediata representa una ratificación irrefutable de la solidez de la acusación y un rechazo categórico a la versión de consentimiento esgrimida por la defensa de García.
La condena de Diego García se sustentó en un conjunto de pruebas que la justicia calificó de "contundentes", revelando la naturaleza coercitiva y violenta del ataque, lo que constituye el núcleo de los detalles más íntimos y vergonzosos del caso.
El ataque se produjo durante una reunión social de futbolistas de Estudiantes, un contexto que subraya la dinámica de poder y la vulnerabilidad de la víctima en un entorno dominado por figuras deportivas.
La denunciante acusó a García de haberla forzado a ir al baño de la residencia, donde se produjo el abuso sexual con acceso carnal.
El impacto de la agresión fue tan severo que la denuncia no fue inmediata, sino que se precipitó debido a una emergencia médica. La víctima sufrió un ataque de pánico de tal gravedad, que obligó a sus familiares a solicitar asistencia médica de urgencia.
Este colapso emocional inicial fue el catalizador que impulsó la acción legal, y su declaración judicial posterior fue tan emotiva que "se quebró al declarar" durante la audiencia.
La presencia de una lesión física objetiva y visible como un pómulo inflamado fue clave para desmantelar la línea de defensa de consentimiento.
Las fuentes judiciales indicaron que esta prueba de agresión física fue fundamental para que la fiscalía y la querella sustentaran la gravedad del caso. La existencia de esta prueba objetiva —un daño externo que corrobora la aplicación de la fuerza— elevó el caso de una simple disputa de versiones a un hecho de agresión documentada, haciendo insostenible la versión de la defensa.
Los magistrados de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata ya habían descartado la versión del acusado al rechazar el pedido de sobreseimiento, otorgando plena credibilidad a la denuncia de la víctima, sustentada precisamente en estas pericias médicas y las declaraciones testimoniales.
A la prueba física se sumó la evidencia digital, calificada como "contundente" por la justicia. Se presentaron audios que reflejaban "claramente la angustia y desesperación de López en ese momento".
La combinación del daño físico (el pómulo inflamado) y la evidencia de trauma psicológico (los audios de desesperación), demuestran ante el Tribunal la falta absoluta de consentimiento y el estado de shock en el que se encontraba la víctima.
Esta convergencia de pruebas—físicas, digitales y emocionales—fue indispensable para el Tribunal Oral en lo Penal N° 5 al momento de dictar una condena de cumplimiento efectivo por "abuso sexual con acceso carnal".
Un detalle poco conocido, pero fundamental para entender la solidez y la ética del proceso, es la postura inquebrantable de la víctima y su familia frente a la reparación económica.
El rechazo a la compensación (el detalle de integridad): en casos de alto perfil que involucran a deportistas de élite, la compensación económica a menudo se utiliza como herramienta de negociación para evitar el juicio y mitigar las consecuencias penales.
Sin embargo, el abogado de la querella, Marcelo Peña, reveló públicamente que la víctima, Clara B., y su familia rechazaron "muchas" ofertas de compensación económica que les fueron ofrecidas para detener el proceso judicial.
Este firme rechazo a cualquier tipo de acuerdo civil anula de manera efectiva cualquier posible argumento de la defensa sobre una motivación económica en la querella. Al contrario de lo que ocurre en otros procesos, el móvil del caso García fue explícitamente la justicia penal: "acá se buscó justicia", señaló el abogado.
La decisión de la víctima de priorizar la justicia penal sobre la compensación económica implicó un costo emocional inmenso. La exposición pública y la obligación de revivir los hechos durante un proceso que se extendió por cerca de cuatro años, generaron un proceso de revictimización .
A pesar de las presiones y el tiempo transcurrido, la demanda final de la víctima ante el Tribunal fue clara: la condena y la detención inmediata del acusado. Esta posición de principios, que se mantuvo desde la denuncia hasta el veredicto, consolidó la base moral de la acusación, obligando a la justicia a centrarse exclusivamente en la responsabilidad penal de Diego García.
El manejo del caso por parte de la institución donde García se desempeñaba, Estudiantes de La Plata, reveló profundas fallas sistémicas y la resistencia de la cultura deportiva a abordar la violencia de género de manera integral, lo que constituye una vergüenza institucional que el proceso judicial expuso.
Estudiantes de La Plata activó inicialmente su protocolo de género y separó preventivamente a García del plantel tras la denuncia. No obstante, esta acción fue percibida como insuficiente por la joven agredida.
Dos meses después del ataque, la denunciante, exsocia del club, hizo un descargo público a través de sus redes sociales donde comunicó su desafiliación, alegando que se había sentido "desprotegida por la institución".
Este acto público de renuncia a su vínculo con el club fue un repudio a la gestión del caso, sugiriendo que las acciones de Estudiantes no lograron ofrecer el apoyo ni el entorno seguro que un protocolo de género debería garantizar.
La crítica más profunda provino de colectivos feministas vinculados a la institución, como el Movimiento Pinchas Feministas y EMA Albiazules Feministas. Estos grupos emitieron un comunicado conjunto donde condenaron la existencia de un "pacto que protege al jugador Diego García" .
La acusación no se limitó al jugador, sino que se extendió a la estructura del fútbol. Los colectivos señalaron que Estudiantes, al transferir a García a otros clubes argentinos y extranjeros—Patronato, Emelec (Ecuador), Liverpool y Peñarol (Uruguay)—después de separarlo, estaba esencialmente exportando el problema y el riesgo de reincidencia, priorizando la continuidad deportiva por sobre la responsabilidad social.
El mensaje fue contundente: "Tanto con su silencio como con sus acciones, dejaron en evidencia la continuidad del pacto entre varones existente e imperante en nuestras instituciones".
Esta denuncia apunta a que la implementación del protocolo fue una medida superficial, cuyo objetivo principal fue manejar la crisis reputacional en lugar de ofrecer contención y asegurar que la justicia prevaleciera.
El aspecto más vergonzoso del proceso no es solo el crimen en sí, sino cómo el sistema judicial y la cultura del fútbol permitieron al acusado evadir consecuencias varias durante años, producto de un claro trato preferencial.
Uno de los detalles procesales más polémicos y "poco conocidos", es que la Justicia de la provincia de Buenos Aires autorizó a Diego García a salir del país para continuar con su carrera profesional en el exterior, a pesar de estar formalmente procesado por "abuso sexual con acceso carnal", un delito que acarrea una pena mínima de seis años.
García pudo así jugar en el Emelec de Ecuador y, posteriormente, en el Peñarol de Uruguay. La parte querellante expresó su indignación ante esta decisión, reclamando públicamente que se exigiera permiso al jugador y se respetara el proceso judicial.
La autorización para ejercer libremente su profesión internacionalmente, mientras enfrentaba un juicio por violación, evidencia un marcado doble estándar judicial. Analistas jurídicos subrayaron que este privilegio se debe al estatus económico y la estabilidad laboral del futbolista.
Se argumentó que la cortesía procesal extendida a García —evadir la prisión preventiva y mantener la movilidad— es una excepción reservada a la élite, negada a la mayoría de los ciudadanos comunes.
Un experto gráfico lo resumió con una crítica a la justicia social: "si este muchacho en vez de jugar en Estudiante de La Plata jugaría en un equipo de la liga de acá del interior, ya estaría detenido, no tengas ninguna duda, como si fuera el carnicero".
Esta discriminación positiva judicial constituyó un acto de profunda vergüenza social que solo concluyó con la sentencia condenatoria.
El ámbito social también ofreció un reflejo vergonzoso de la normalización de la violencia. La cultura tóxica que a menudo impera en el fútbol se manifestó en la reacción de una parte de la afición uruguaya.
Se documentaron mensajes y comentarios que celebraban los goles de Diego García en Peñarol, utilizando una frase cruel y deshumanizante que trivializaba el abuso sexual: "el violador se los violó".
Este cántico, que convierte un delito grave en un chiste o un lema deportivo, ilustra la degradación moral de una parte de la fanaticada, donde el rendimiento en la cancha prevalece sobre la condena de un crimen atroz. Esta reacción íntima sobre la cultura futbolística es un testimonio de la urgente necesidad de educación en perspectiva de género en todos los niveles del deporte.
El caso de Diego García es más que una simple condena judicial; es una radiografía del encuentro entre el abuso de poder, la violencia de género, el privilegio deportivo y la justicia tardía. La sentencia a 6 años y 8 meses de prisión efectiva, con detención inmediata, marca un precedente ineludible para el fútbol sudamericano.
Los "secretos más íntimos" del caso revelan cómo la combinación de evidencia objetiva de violencia física (el pómulo inflamado) y la prueba digital del trauma psicológico (los audios de desesperación), fueron las claves para desmantelar la defensa de consentimiento. Este conjunto probatorio desestimó el estereotipo de la "víctima ideal" y obligó al Tribunal a reconocer la gravedad del abuso sexual.
El "secreto ético" de la víctima —el rechazo sistemático a cualquier compensación económica a favor de la búsqueda exclusiva de justicia penal— consolidó la credibilidad de la querella, demostrando que su lucha era por la rendición de cuentas y no por el beneficio financiero.
La "vergüenza institucional" se centra en el "pacto de varones" denunciado por los colectivos. La respuesta de Estudiantes, limitada a la separación y posterior transferencia del jugador, demostró un enfoque de gestión de crisis en lugar de una protección integral a la víctima, lo que llevó a su desafío por sentirse desprotegida.
Los clubes deben comprender que la efectividad de un protocolo de género se mide por la contención real de la víctima y no por la rapidez con la que se deshacen del agresor.
Finalmente, tras el vergonzoso privilegio procesal que permitió a García mantener su carrera internacional mientras estaba procesado, subraye la necesidad de revisar la discrecionalidad judicial en casos que involucren a figuras públicas acusadas de delitos graves.
La condena, aunque tardía, pone un límite al doble estándar y exige que la ley se aplique por igual, independientemente del estatus en el campo de juego.
El legado del caso García reside en su capacidad de exponer la toxicidad inherente en la cultura de la impunidad deportiva y de validar la entereza de las víctimas que, a pesar de la revictimización, deciden buscar justicia penal.