Tras la oficialización de los cambios en el protocolo de aislamiento, el Gobierno nacional aclaró en qué momento pueden volver a trabajar de forma presencial aquellas personas contagiadas con COVID-19 o que fueron contactos estrechos de otros pacientes infectados.
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La determinación se dio a conocer este miércoles a través de la Resolución 27/2022 de la cartera de Trabajo que conduce Claudio Moroni y fue elaborada a partir de las recomendaciones realizadas por el Ministerio de Salud argentino en medio del actual contexto sanitario y epidemiológico. La nueva norma indica que "los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta" siguiendo un estricto esquema que depende de si están o no vacunados contra la enfermedad.
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EL NUEVO ESQUEMA
La Resolución establece en detalle cuántos días deberán permanecer aislados los trabajadores antes de retomar sus tareas habituales.
- Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: a los 10 días de la fecha de inicio de síntomas o, para personas asintomáticas, desde la fecha del diagnóstico.
- Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con menos de 5 meses de completado el esquema o aplicada la dosis de refuerzo): a los 7 días desde la fecha de inicio de síntomas cumpliendo en los 3 días posteriores de cuidados especiales (no concurrir a eventos masivos, ni reuniones sociales, utilizar barbijo de forma adecuada, bien ajustado y tapando nariz, boca y mentón en forma permanente en ambientes cerrados o abiertos donde haya otras personas; mantener la distancia, ventilar los ambientes de manera continua y extremar los cuidados ante la presencia de personas con factores de riesgo).
En el caso de los contactos estrechos asintomáticos se indicó que "podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta", de acuerdo al siguiente detalle:
- Contactos estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto (sin vacunar o con más de 5 meses de la aplicación de la última dosis): a los 10 días desde el último contacto con el caso confirmado.
- Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo (esquema de dosis única, de 2 dosis o esquema inicial con dosis adicional, según corresponda y menos de 5 meses de completado el esquema) o que hayan tenido COVID-19 en los últimos 90 días: pueden volver al trabajo, pero maximizar las medidas preventivas y, además, se sugiere un testeo entre el tercer y quinto día y obligatorio realizar automonitoreo de síntomas de forma diaria.
- Contactos estrechos asintomáticos con esquema de vacunación completo y refuerzo con más de 14 días de la última aplicación: pueden volver al trabajo maximizando los cuidados con barbijo y realizando automonitoreo de síntomas.
Fuente: 0221.com.ar