p>En La Plata se inició la polémica por los arcos sanitizantes. La Provincia, a través de la Dirección de Vialidad, intimó al Municipio para que retire los pórticos en un lapso de 48 horas.
En caso de no cumplir, las autoridades bonaerenses advirtieron que requerirán a la fuerza pública para removerlos.
Se trata de las estructuras instaladas en la rotonda de la bajada de la Autopista La Plata-Buenos Aires y en Camino Centenario y Cantilo.
Son los que arrojan agua con desinfectante a los vehículos que pasan por debajo, como otra medida sanitaria en el marco de la pandemia de coronavirus.
Fue una iniciativa de Mauro Palummo, secretario de Proyectos Especiales de la Comuna, que comenzó a funcionar como “prueba piloto” en dos accesos claves.
Operan básicamente para los conductores que viajan cotidianamente a Capital Federal.
Lo cierto es que a horas de su puesta en marcha para analizar su eficacia, se multiplicaron los reclamos vecinales por considerarlos “peligrosos” en materia vial.
Se acercaron a la sede de la DVBA, que tomó las quejas y constató la situación.
“Los arcos sanitizantes no sirven”
Por otro lado, especialistas en Infectología reforzaron los planteos realizados. Cuestionaron la colocación de estos sistemas, debido a que no aporta mayor salubridad.
“Los arcos sanitizantes no sirven”, sentenció una reconocida especialista del campo, en diálogo con este medio en cuanto a los posibles aportes de este mecanismo en materia sanitaria.
El acta de intimación llegó este jueves a la mesa de entradas del Palacio Municipal y, de acuerdo al documento, se constató la existencia de “carteles led no autorizados” en los arcos sanitizantes por Vialidad.
En relación a los existentes sobre la pasarela peatonal de la RP 14 (Camino Centenario) y el pórtico de la RP 11 (Diagonal 74).
“Los mismos no se ajustan a lo normado por la Ley 6.312 en zona de camino, resultando además peligrosos para la seguridad vial”, precisaron en la carta.
La intimación de Vialidad
Por ese motivo, Vialidad intimó a su retiro en el término de 48 horas, “bajo apercibimiento de requerir el auxilio de la fuerza pública para proceder a la remoción, conforme a lo establecido en el artículo 29° de la Ley 7943/72”.
En el artículo citado se establece que esa Dirección “ejercerá el Poder de Policía sobre los trabajos realizados y/o que se realicen en los Caminos Públicos de la Red Vial Provincial”.
Que estos trabajos se harán “bajo su exclusiva autorización” y que queda facultada para aplicar multas.
También determina que podrá “requerir el auxilio de la Fuerza Pública para impedir la prosecución o mandar a remover o destruir las instalaciones ejecutadas en violación de lo dispuesto en este artículo".
"Es obligatoria su prestación por la Repartición Policial”.
“Todo trabajo, instalación o construcción en Zona de Camino de la Red Provincial requiere expresa autorización de la Dirección de Vialidad”, recalca. arcos sanitizantes.
En caso de que la Comuna no retire las obras encabezadas por Palummo, las autoridades se harán pasibles de las penalidades establecidas por la Ley.
Aunque advirtió: “De igual modo deberá abonar los gastos que demande el retiro/ modificación/ demolición de lo construido sin autorización o en contravención a las disposiciones vigentes".
"No responsabilizándose esta Dirección por el estado en que pudieran quedar los elementos retirados o su pérdida parcial o total”.
El texto, que lleva la firma del ingeniero Carlos Delbueno, concluye con que “todas las causas penales que se produzcan por accidentes de tránsito".
"Siempre que ellos sean ocasionados por la construcción, colocación o instalación de corrales, carteles de publicidad, monolitos, etc. en la zona de camino, por los causantes”, serán responsabilidad del Municipio.
La prueba de Palummno generó un gran dolor de cabeza a la Comuna, que, sumado a la falta de eficacia del sistema señalaron especialistas en materia sanitaria.
Esos factores llevarán a su irremediable e inmediato retiro de los dos accesos claves en la ciudad. Fuente: 0221.