Fibertel y una trampa para estafar a los clientes

05-05-2021 - Por Primera Página

Una usuaria contactó a Fibertel para pedir el PBU en el servicio de internet y recibió una insólita respuesta de la empresa.

p>El Plan Básico Universal (PBU) para los servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, internet y TV, aprobada mediante la resolución 1467/2020 desde comienzo de año, garantiza a quienes lo soliciten el acceso a los servicios de conectividad a bajo costo. Sin embargo la empresa Cablevisión, parte de Telecom Argentina, que también cuenta con Fibertel y Personal tiene una trampa para que nadie acceda a la prestación.
 
Es así que una usuaria contó que, tras grandes aumentos de la empresa, solicitó su derecho al PBU en su servició de internet fijo, pero recibió una insólita respuesta. La joven reporta que ya había intentado acceder al beneficio reiteradas veces, pero siempre las respuestas terminaban en evasivas. Finalmente, este lunes, tras insistir la empresa accedió, pero se le sumaba un costo de instalación inaudito.

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Argumentando que el PBU implica un cambio de plan la empresa pretende cobrar $9.900 de instalación. Además, en un contexto pandémico donde el grueso de las operaciones administrativas se tramitan de manera remota porque implican un alto riesgo de contagio, no es un dato menor que Fibertel exija que a las personas acerquen los papeles a la empresa de manera presencial.

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"Te comento que por ahora estamos adaptando los servicios y nuestros sistemas para disponer de la Prestación Básica Universal", le dijo un trabajador de Cablevisión Fibertel a una usuaria.

"Por el momento continuamos evaluando los planes, por ese motivo no puedo asegurarte ningún plan, no te preocupes que estaremos avisando cuando entren en vigencia", agregó otro. Y un tercero sumó: "Aún estamos trabajando en el ajuste de los sistemas para incorporar los nuevos planes, dado el escaso tiempo transcurrido desde la publicación hasta la fecha de entrada en vigencia de la norma que los dispuso".

Los trucos legales de Cablevisión

No es la primera vez que Cablevisión, que incluye los servicios de Fibertel y Personal, intenta frenar políticas de gobierno en perjuicio de los usuarios. Ya en enero de 2021 la empresa emitió facturas que superaban ampliamente los aumentos permitidos por la ley.

En esta oportunidad, en un contexto donde la virtualidad se tornó esencial para la mayoría de las tareas diarias, la empresa se niega a brindar servicios de internet, telefonía fija y móvil y televisión a bajos costos para usuarios con vulnerabilidades que les dificulten pagar la tarifa regular. Es así que ante el DNU 690/20 ratificado por Ley, las cautelares judiciales vuelven a frenar políticas del gobierno.

Según fuentes cercanas a Ente Nacional de Telecomunicaciones (Enacom), la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, el viernes 30 de abril eximió a Telecom Argentina S.A. del cumplimiento del Decreto de Necesidad y Urgencia por un plazo de 6 meses.

Desde Enacom, expresaron en un comunicado: "Esta resolución no modifica lo que venía ocurriendo en la práctica desde la promulgación de dicho DNU ratificado por Ley, ya que Telecom incumple el mismo desde hace más de 8 meses".

Al respecto, manifestaron que desde el principio "Telecom Argentina S.A. optó por el incumplimiento y la judicialización de todas las medidas dictadas en favor de las y los usuarios".

Es así que el ente interpondrá un recurso extrarodinario ante la Corte Suprema con el objeto de revertir la medida cautelar a favor de la empresa Telecom, que suspende los artículos que definieron como servicio público a Internet, telefonía móvil y cable.

Quiénes pueden acceder al PBU

Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
 Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.
Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.
Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años. Fuentes: lamovidaplatense.info e infocielo.com