Grassi solicita libertad condicional mientras enfrenta oposición del abogado querellante
A cuatro años de cumplirse la totalidad de su pena, el Tribunal en lo Criminal N°1 de Morón analizará este jueves el pedido de libertad condicional presentado por el padre Julio César Grassi (68), condenado a 15 años de prisión por dos hechos de abuso sexual infantil y corrupción de menores agravados. El creador de la fundación "Felices los Niños" solicitó la salida anticipada de la Unidad Penitenciaria N°41 de Campana tras haber cumplido más de dos tercios de su condena. Sin embargo, el abogado querellante anticipó que se opondrá a la solicitud debido a la "repercusión negativa" que podría causar en la psiquis de la víctima.
La audiencia judicial para tratar la solicitud de libertad condicional se llevará a cabo en los tribunales de Morón este jueves 22 de agosto a las 11 de la mañana. En esta ocasión, Grassi se representará a sí mismo ante los jueces, el fiscal de ejecución y el particular damnificado, ya que se graduó como abogado durante su estancia en prisión y decidió prescindir de sus antiguos defensores.
La condena de 15 años contra Grassi se dictó el 10 de junio de 2009, después de nueve meses de debate y el testimonio de 130 testigos. Grassi fue hallado responsable de abuso sexual agravado y corrupción de menores en su condición de sacerdote y encargado de la educación de la víctima. Los delitos se cometieron en la fundación en 1996, en perjuicio de O.A.A.
En 2010, la Sala II del Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó la sentencia, desestimando las impugnaciones. La Suprema Corte de Justicia provincial también rechazó los recursos extraordinarios, y en 2017, la Corte Suprema dejó firme la condena tras declarar inadmisible un planteo presentado por la defensa. El cómputo de la pena se fijó hasta agosto de 2026, pero la Cámara de Apelaciones de Morón revisó este cálculo y estableció la culminación de la condena para el 30 de mayo de 2028.
El padre Grassi argumentará su pedido de libertad condicional basándose en el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Código Penal. Sin embargo, el abogado querellante, Juan Pablo Gallego, argumentará que el Código Penal prohíbe este beneficio para delitos contra la integridad sexual y que el informe del Servicio Penitenciario no considera a Grassi apto para la externación. Además, se presentarán pruebas sobre el daño causado a la víctima y la repercusión negativa que tendría su liberación anticipada