Durante casi una década, Marcelo D’Agostino ocupó uno de los lugares sensibles del engranaje judicial de Mendoza. Fue subsecretario de Justicia desde la primera gobernación de Alfredo Cornejo, continuó durante la administración de Rodolfo Suarez y permaneció en el puesto con el regreso del actual mandatario. El escándalo no involucra a un funcionario perdido en el organigrama: alcanza a un hombre que durante años se movió en la cocina del sistema judicial mendocino. Su salida recién se produjo el 10 de abril de 2026, cuando renunció después de que tomara estado público una grave denuncia formulada por una expareja.
Ahora apareció un capítulo todavía más incómodo. Una investigación periodística de EL OTRO asegura haber accedido a un archivo con documentos y fotografías de contenido sexual vinculados con D’Agostino. Parte de esas imágenes, según la reconstrucción realizada por ese medio, habrían sido tomadas dentro del despacho que utilizaba como subsecretario, en el tercer piso de la Casa de Gobierno de Mendoza. El escenario de las fotografías sería el mismo lugar desde donde durante años funcionó una pieza importante de la política judicial provincial. La identificación se realizó comparando mobiliario, aberturas, cortinas, cuadros, pisos, objetos y distintas fotografías institucionales del ambiente.
La investigación fue más allá de una simple comparación visual. El medio analizó los archivos JPEG recibidos y señaló que las copias habían perdido metadatos suficientes para determinar con precisión fecha, dispositivo o geolocalización. Sin embargo, informó que el examen no encontró anomalías evidentes compatibles con un fotomontaje simple, imágenes superpuestas o generación mediante inteligencia artificial. Hay una limitación clave: el análisis publicado permite comparar las escenas y estudiar los archivos disponibles, pero no reconstruir por sí solo toda la historia digital de cada fotografía. Esa diferencia impide convertir una investigación periodística en una pericia judicial definitiva.
El material también abre una cuestión más delicada: su eventual circulación. La investigación sostiene que D’Agostino habría compartido desde su teléfono imágenes de mujeres desnudas y recoge testimonios sobre reuniones de un grupo de hombres denominado “Machos Alfa”. Algunas fuentes afirmaron que las fotografías eran exhibidas en ese ámbito y una denunciante relató que el propio exfuncionario le había hablado de encuentros sabatinos con personas de relevancia político-institucional. Que esas reuniones hayan existido en los términos relatados y quiénes hayan visto o recibido eventualmente esas imágenes son cuestiones que necesitan determinación probatoria individual. La presencia de una persona en una fotografía grupal, por sí sola, no demuestra conocimiento ni participación en esos hechos.
El costado judicial es todavía más pesado. Una expareja denunció a D’Agostino el 10 de abril por hechos que, según su presentación, incluirían abuso sexual con acceso carnal, lesiones reiteradas, amenazas coactivas, coacciones y diferentes modalidades de violencia de género. La denuncia contiene acusaciones de extrema gravedad, pero una denuncia no equivale a una condena. La causa avanzó hasta ahora sobre una parte de esos hechos y D’Agostino fue formalmente imputado el 23 de abril por amenazas coactivas en contexto de violencia de género y tenencia ilegal de arma de guerra.
Ese último expediente dejó otro dato concreto. Durante un procedimiento realizado en su vivienda del barrio privado Dalvian, los investigadores encontraron una pistola semiautomática Bersa Mini Thunder 9, calibre 9×19 milímetros, junto con municiones de punta hueca. La documentación publicada indica que apareció una credencial de tenencia dentro de un cajón, pero estaba vencida. Las fotografías pueden dominar el escándalo público, pero la imputación penal vigente incorpora además un arma de guerra encontrada durante una medida judicial. El alcance definitivo de esa imputación deberá resolverse dentro del expediente y con las garantías correspondientes.
Hay otro elemento que convierte el caso en una discusión sobre poder institucional y no solamente sobre la vida privada de un exfuncionario. D’Agostino integró el Consejo de la Magistratura, funcionó como enlace entre el Ejecutivo y distintas áreas judiciales y llegó a presidir el Foro Federal de Consejos de la Magistratura y Jurados de Enjuiciamiento de la Argentina. Durante años estuvo ubicado exactamente en una zona donde política y Justicia se tocan todos los días. Por eso las acusaciones de su expareja acerca de que habría invocado relaciones con jueces, fiscales y policías como forma de intimidación tienen relevancia pública, aunque siguen siendo afirmaciones de la denunciante que deben probarse judicialmente.
La controversia alcanza además al tratamiento de evidencia potencial. Según la investigación periodística, la denunciante solicitó el secuestro del teléfono y de dispositivos electrónicos de D’Agostino, pero la fiscal Valeria Bottini, titular de la Fiscalía de Instrucción N.º 22 de Violencia de Género, no hizo lugar a esa medida. La pregunta procesal es inevitable: qué información podían contener esos dispositivos y por qué no fueron secuestrados cuando la víctima pidió que fueran examinados. Esto no demuestra encubrimiento ni irregularidad por sí mismo, pero transforma la decisión en uno de los puntos que merecen una explicación institucional precisa.
El nombre de D’Agostino ya había llegado a una fiscalía mucho antes. En 2017, una mujer con la que había mantenido una relación afectiva denunció un episodio ocurrido dentro de la Casa de Gobierno. Declaró que él le quitó un teléfono cuando descubrió que estaba grabando una conversación y describió un forcejeo posterior. Una fiscal constató esa noche un rasguño y un enrojecimiento en una mano. D’Agostino reconoció posteriormente haber tomado el celular, aunque negó golpes, empujones o violencia. Aquel expediente terminó en apenas 28 días y con un sobreseimiento. La denunciante había manifestado que no deseaba continuar con la causa y el Cuerpo Médico Forense, que la examinó 48 horas después, no encontró las lesiones denunciadas; la resolución descartó además que el episodio configurara violencia de género.
El vínculo político tampoco es lateral. D’Agostino permaneció aproximadamente una década en el área de Justicia bajo gobiernos del mismo espacio y su oficina estaba dentro de la Casa de Gobierno. Cuando la denuncia de 2026 se hizo pública, presentó su renuncia y Cornejo la aceptó ese mismo 10 de abril mediante el Decreto 684. La discusión que queda abierta no es solamente qué hizo D’Agostino en su vida privada, sino qué ocurrió durante años alrededor de un funcionario ubicado en un punto estratégico del Estado mendocino. Esa pregunta exige documentos, expedientes y responsabilidades concretas, no culpabilidades por proximidad.
El episodio contiene así tres planos que no deberían mezclarse. Están las fotografías y la reconstrucción periodística del lugar donde habrían sido tomadas; está la denuncia extremadamente grave de una expareja; y están los hechos por los cuales D’Agostino efectivamente fue imputado. Separar esas tres capas no suaviza el escándalo: permite dimensionarlo sin convertir acusaciones pendientes en sentencias anticipadas. Mientras la Justicia continúa investigando, la aparición del material vuelve a poner bajo presión una historia que combina poder político, acceso al sistema judicial, violencia denunciada y fotografías sexuales presuntamente tomadas dentro de una oficina pública.
Marcelo D’Agostino fue subsecretario de Justicia de Mendoza durante aproximadamente una década y renunció el 10 de abril de 2026. Una expareja presentó ese día una denuncia que incluye acusaciones por abuso sexual, lesiones, amenazas, coacciones y violencia de género. El 23 de abril fue imputado por amenazas coactivas en contexto de violencia de género y tenencia ilegal de arma de guerra. Una investigación periodística difundida ahora asegura haber identificado el antiguo despacho oficial de D’Agostino como escenario de varias fotografías de contenido sexual. La causa judicial continúa y las acusaciones que todavía no fueron objeto de condena deben ser tratadas como tales.