Galperin más complicado: imputan a Mercado Libre por presunta publicidad engañosa

Según explicaron desde la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, la imputación se lleva a cabo porque las mismas publicitan productos para las y los consumidores con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés cuando en realidad tendrían un precio mayor

04-05-2022 - Por Primera Página

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo imputó a Mercado Libre y 16 proveedores que operan en la plataforma e-commerce por presunta publicidad engañosa.

Según explicaron desde la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, la imputación se lleva a cabo porque las mismas publicitan productos para las y los consumidores con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés cuando en realidad tendrían un precio mayor que en pago al contado.

La secretaria de Comercio Interior presentará informe ante Diputados

A partir de una investigación de oficio, el organismo público detectó que muchos productos promocionados con la posibilidad de abonar en cuotas sin interés tendrían publicaciones gemelas del mismo producto y del mismo proveedor, pero sin la posibilidad de pagar en cuotas sin interés, cuyo valor al contado era menor.

La fiscalización fue realizada en febrero y marzo de 2022. Entre las publicaciones en Mercado Libre, se identificaron ofertas destacadas con mensajes y expresiones como “descubrí un universo de descuentos hasta 40% - hasta 12x sin interés” o “hasta 50% off y 12x sin interés”, entre otras.

"De este modo, se habría inducido a las y los consumidores a la creencia de que se estaba ofreciendo la posibilidad de abonar productos en cuotas sin interés, cuando no sería cierto ya que las publicaciones en cuotas tendrían un precio mayor", argumenta la Dirección.

Mercado Libre fue imputado por presunta publicidad engañosa

¿Cuál fue la infracción y de cuánto puede ser la multa?

La práctica de Mercado Libre configuraría un presunto incumplimiento a los artículos 4 y 7 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor. Estos obligan, respectivamente, a todo proveedor a suministrar en forma cierta, clara y detallada información veraz sobre todo lo relacionado con las condiciones de comercialización de los bienes que provee y sobre las modalidades, condiciones o limitaciones de la oferta que emite.

"El derecho a la información implica que la o el consumidor debe ser enterado en forma cierta, detallada y veraz de las características del bien o servicio que se le ofrece, a fin de que pueda decidir en forma libre y razonada si desea acceder a él o no", destaca el área de Gobierno.

Ahora, la empresa tiene cinco días hábiles para efectuar su descargo. En el caso de que efectivamente se acrediten las conductas advertidas vinculadas a la publicidad engañosa, se aplicarán las multas establecidas en la normativa vigente, las cuales pueden alcanzar los $5.000.000. Fuente: infocielo.com