Un hombre de Viedma deberá cancelar la deuda alimentaria de sus cuatro hijos para poder cargar combustible en su vehículo. La jueza de Familia, Carolina Scoccia, ordenó a las estaciones de servicio de YPF que no le vendan nafta hasta que acredite el pago.
El fallo también establece que el deudor no podrá contratar, vender productos, ni realizar servicios de transporte o mudanzas, mientras no cumpla con la cuota alimentaria. Esta medida busca garantizar el bienestar de los menores.
Además de la prohibición de cargar combustible, se ordenó el embargo del 15% de las contrataciones que el hombre mantiene con la Municipalidad de Viedma. Esto afecta los contratos de locación de obras y servicios en general.
El fuero de Familia de Río Negro procesó 709 demandas por alimentos este año. La mitad de estos casos también están vinculados a procesos por violencia familiar.
Este tipo de medidas buscan obligar a los deudores a cumplir con sus responsabilidades familiares. El embargo de salarios y la imposibilidad de acceder a servicios son mecanismos cada vez más comunes.
El fallo se enmarca en un contexto en el que el fuero de Familia de Río Negro refuerza las medidas para garantizar los derechos de los menores y el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.