La discapacidad vuelve a ocupar un lugar central en la agenda pública. A la discusión pendiente sobre la implementación de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, se suma ahora el nuevo proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo en el marco del Presupuesto 2027, que propone modificaciones relevantes sobre el sistema de prestaciones y su régimen arancelario.
La incorporación de estas modificaciones al debate parlamentario, en un contexto de fuerte presión presupuestaria y con un tratamiento legislativo que exige definiciones en tiempos acotados, vuelve a colocar a las personas con discapacidad, a sus familias y a los prestadores, frente a una situación de incertidumbre que merece ser atendida con máxima responsabilidad institucional.
La Argentina atraviesa una hora severa. Ordenar las cuentas públicas, evitar el despilfarro y administrar con transparencia los recursos del Estado son objetivos legítimos e impostergables. Pero resulta igualmente imperativo garantizar que ese reordenamiento no deje sin amparo a quienes se encuentran en situaciones de extrema vulnerabilidad.
Las personas con discapacidad y las familias que dependen de prestaciones esenciales no pueden ser reducidas a una mera partida presupuestaria. Detrás de cada número hay una persona, una familia y, muchas veces, un tratamiento que no admite interrupciones.
Gobernar no consiste únicamente en administrar recursos. También exige establecer prioridades y asumir las responsabilidades éticas que surgen de las decisiones públicas.
Existen, además, obligaciones jurídicas insoslayables. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad posee jerarquía constitucional y establece obligaciones para el Estado en materia de salud, rehabilitación, educación y protección social. Por eso, cualquier reforma del sistema debe ser evaluada no solo por su impacto financiero, sino también por sus consecuencias humanas concretas.
Buscar eficiencia y sostenibilidad es legítimo y necesario. Pero existe un límite que no debería atravesarse: que una persona vea interrumpida su atención porque un prestador ya no puede sostener económicamente la prestación.
El equilibrio fiscal y la protección social no son conceptos necesariamente antagónicos. El verdadero desafío consiste en alcanzar una administración responsable de los recursos públicos que, al mismo tiempo, garantice la protección efectiva de los derechos fundamentales.
El Estado debe auditar, combatir abusos y fiscalizar para que cada peso destinado al sector llegue efectivamente a su destino. La transparencia no se opone a la protección social; por el contrario, es una condición indispensable para hacerla sostenible en el tiempo.
El Congreso enfrenta una responsabilidad trascendente al analizar las iniciativas del Poder Ejecutivo. El debate debe ser riguroso, serio y basado en evidencia, sin apresuramientos que impidan evaluar adecuadamente el impacto de las modificaciones propuestas.
Porque cuando está en juego una rehabilitación, una terapia o un apoyo indispensable para la vida cotidiana, la angustia de una familia no puede quedar supeditada exclusivamente a los tiempos de una discusión presupuestaria.
Una sociedad también se define por la manera en que protege a quienes se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad.
No se trata de promover un Estado sin límites ni de desconocer las restricciones económicas. Se trata de construir un Estado capaz de administrar, fiscalizar y priorizar sin abandonar a quienes dependen de su amparo.
Porque en materia de derechos humanos, mirar hacia otro lado nunca puede ser una opción.
