Un tiro para el lado de la justicia: niños con cáncer serán atendidos por obras sociales; rige la Ley de Oncopediatría

26-07-2022 - Por Primera Página

El pasado viernes 15 de julio se promulgó la Ley de Oncopediatría, la cual obliga a las obras sociales y prepagas a dar una cobertura total para la atención de niños, niñas y adolescentes con cáncer. ¿Cuáles son los derechos que prevé esta ley que rige para todo el territorio?

El proyecto de ley fue aprobado el 27 de octubre de 2021 por la Cámara de Diputados de la Nación, mientras que los senadores lo hicieron el pasado 30 de junio por unanimidad. El Presidente Alberto Fernández la promulgó junto a la Ley de VIH, y ambas garantizan el acceso a la atención a toda la población, promoviendo un abordaje integral.

Dentro de sus puntos centrales, esta ley establece la creación del “Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer”, que tiene el objetivo de reducir la mortalidad por esta enfermedad y garantizar los derechos de los pacientes.

El Ministerio de Salud de la Nación, a través de su cuenta oficial de Twitter, explicó algunos puntos centrales de esta ley de Oncopediatría:

  • Garantiza que obras sociales y prepagas proporcionen cobertura total para la atención de niños, niñas y adolescentes con cáncer.
  • Esta ley incluye la cobertura a las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción de la salud, diagnóstico y terapéutica.
  • Propone un abordaje integral de la persona y su familia, con un trabajo articulado en los distintos sectores implicados como Salud, Desarrollo Social, Trabajo, Educaciín, Deporte, Transporte, entre otros.
  • Promueve la elaboración de lineamientos y guías para: la detección, diagnóstico y tratamiento; y la asistencia a los centros oncológicos para que brinden atención de calidad basada en derechos.

La norma determina que el Estado nacional debe otorgar a los padres una asistencia económica equivalente al monto de una Asignación Universal por Hijo con discapacidad. El Instituto Nacional del Cáncer, que será la autoridad de aplicación, deberá extender una credencial a los pacientes que se hallen inscriptos en el Registro Oncopediátrico Hospitalario Argentino.

Ese certificado se renovará automáticamente de manera anual y su vigencia finalizará con el alta definitiva del paciente, hasta los 18 años de edad inclusive. La ley también se contempla el beneficio de estacionamiento prioritario en zonas reservadas y señalizadas y la gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre.