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Este miércoles 18 de mayo se realiza en todo el país el Censo 2022. Ante las dudas y el miedo a las estafas, se puede verificar en este registro oficial la identidad de los censistas.
Para poder comprobar si la persona que asiste a su hogar es realmente un censista, sólo se necesitan los datos del DNI e ingresarlos en esta página.
Cuando llegue el censista al hogar, lo primero que preguntarán es si realizaron o no el cuestionario digital, ya que la carga online de la información no reemplaza la visita presencial. El folleto del Indec subraya la palabra “importante” y explica: “El censo digital no exime que debamos estar en nuestras casas el día del censo presencial”. Por eso, también, se declaró el Día del Censo como feriado nacional, según la Ley N° 24.254, sancionada el 13 de octubre de 1993 y promulgada el 11 de noviembre de ese mismo año, a efectos precisamente de garantizar el correcto funcionamiento del relevamiento.
Quien reciba al censista en el hogar, podrá entregar el código alfanumérico de seis dígitos en caso de haber completado el formulario online. El código no debe estar impreso ni debe ser exhibido: basta que sea relatado para que el censista lo inscriba en el sistema y compruebe que el cuestionario esté correcto y completo. En caso contrario, se ejecutará el relevamiento tradicional. Para ello se imprimieron 37 millones de cuestionarios. Son, como máximo, 61 preguntas para responder divididas en dos módulos: el del hogar -lo respectivo al acceso a servicios, características de la vivienda, entre otras condiciones- y el de cada persona miembro del hogar. La carga será manual y se estima que el cuestionario para una familia tipo de cuatro integrantes no demore más de quince minutos.
Las autoridades sugieren que las preguntas se respondan desde la puerta de la vivienda por razones de prevención sanitaria. La persona censista acreditará su labor con una pechera, una bolsa con el logo del operativo donde llevarán los cuestionarios y una credencial con su nombre y apellido. La visita podrá ser entre las ocho y las seis de la tarde, y no es menester que todos los habitantes del hogar estén presentes: con que una persona mayor de 14 años sea capaz de responder todas las preguntas es suficiente. En caso de que por alguna razón no haya nadie en el hogar, se puede coordinar con algún vecino la entrega del comprobante de finalización al censista si es que fue completado el censo digital. Si nadie responde al llamado del censista, se contará esa vivienda como vacía.
Es el primer censo bimodal: digital y presencial. Se prevé que esta modalidad sea una transición hacia un censo totalmente digital. El sistema, aunque simple e intuitivo, reviste cierta incertidumbre. El último censo ocurrió hace doce años: la referencia no está fresca.
¿Es obligatorio? Sí, lo es: “todas las personas que habitan el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal, según el artículo 17 del Decreto 726/2020?, explican desde el Indec. ¿Es feriado? Sí, lo es. La Ley N° 24.254, sancionada el 13 de octubre de 1993 y promulgada el 11 de noviembre de ese mismo año, declara feriado nacional “al día de cada año en el que se efectúe el Censo Nacional de Población y Vivienda”. Obedece a la razón de que la mayoría de los habitantes del país permanezcan en sus hogares para contribuir al normal desarrollo del relevamiento.
La normativa dice que el Día del Censo deberán permanecer prohibidas hasta las ocho de la noche “las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos, los restaurantes, confiterías, casas de expendio de bebidas y similares, rotiserías, panaderías y en general todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas y clubes”. Quedan afectadas todas las actividades comerciales, los shoppings, los supermercados, los bancos. El transporte público respetará un cronograma de feriado.
Lavagna respondió con alusivas el cumplimiento riguroso de esta medida: “Los controles no son parte de las atribuciones que tiene el instituto: serán las provincias y los organismos quienes lo hagan, en todo caso nuestra tarea es resaltar la necesidad y la importancia de los datos censales. Es una información muy estructural absolutamente vital. Nuestro compromiso, más que ir por las restricciones, va por el lado de poder concientizar sobre la importancia que tienen los datos”.
¿Pero hay multas? Sí, en teoría hay. El artículo 15 de la Ley N° 17.622, sancionada el 25 de enero de 1968, publicada en el Boletín Oficial seis días después y que instrumenta la creación del Indec, es clara: “Incurrirán en infracción y serán pasibles de multas (...) quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional”. Las sanciones pueden ir desde 1.076,36 hasta 106.799,35 pesos, según la gravedad del fallo.
Pero el espíritu del censo no es el de castigar ni condenar la mala predisposición de los habitantes. Para las autoridades del organismo regulador, el censo, un hecho que se repite una vez por década, esconde una suerte de romanticismo patriótico, supone la celebración de un acto de civismo. Las multas existen pero no están en los planes de las autoridades perseguir a los infractores. “En la sociedad argentina hay conciencia de su importancia. La gran mayoría de gente se presta para contestar de buena manera”, soslayan desde el Indec.
Aunque obligatorio y, a efectos de la ley, punible de sanción, el objetivo tampoco es recluir a la población puertas adentro. El censo digital no sustituye al presencial: solo lo complementa y contribuye a facilitar el procedimiento de carga. “Si bien el Censo incluye la posibilidad de autocensarse en línea, el método sigue considerando que una persona censista visite cada vivienda para asegurarse que toda la población, los hogares y las viviendas del territorio argentino hayan sido contados”, afirman desde el Indec. Por eso, no resulta necesario que todas las personas que sean censadas permanezcan en la vivienda para esperar al censista, con que una persona mayor de 14 años sea capaz de responder todas las preguntas es suficiente. En caso de que no haya nadie, se puede coordinar con algún vecino la entrega del comprobante de finalización (el código alfanumérico de seis cifras) en caso de que haya realizado el censo digital. Si la persona directamente no está en la casa y no completó el cuestionario online, se contará esa vivienda como vacía.