Comienza la veda electoral: restricciones y prohibiciones previas a las elecciones generales

30-11--1 - Por Primera Página

A partir de las 8 de la mañana de este viernes, entra en vigor la veda electoral, marcando el comienzo de la etapa previa a las elecciones generales que se celebrarán el próximo domingo 22 de octubre en todo el territorio argentino. Esta medida implica la prohibición de diversas actividades, como la distribución de boletas y la realización de actividades proselitistas.

Según la legislación vigente, durante la veda electoral está prohibido llevar a cabo actos públicos de campaña, realizar proselitismo electoral, lo que incluye la difusión de avisos publicitarios y el reparto de boletas, y la apertura y funcionamiento de locales partidarios. Estas restricciones también se aplican a las publicaciones en redes sociales y cualquier actividad en línea destinada a promover el voto por un candidato.

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Además, se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, medida que estará en vigencia hasta las 22 horas del domingo. A partir de la medianoche del domingo, se restringe la venta de bebidas alcohólicas, y como es habitual, se prohíbe la portación de armas desde el inicio de la veda electoral.

La veda electoral también afecta a los eventos populares al aire libre o en recintos cerrados, a las festividades teatrales y deportivas, y a cualquier tipo de reunión pública que no esté relacionada con el acto electoral.

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Esta restricción se mantendrá en vigor durante todo el fin de semana y se levantará tres horas después del cierre de los centros de votación, es decir, a las 21 horas del domingo. Hasta ese momento, todas las prohibiciones establecidas por la veda electoral seguirán siendo efectivas.

Es importante recordar que el incumplimiento de estas restricciones puede acarrear sanciones, por lo que es fundamental respetar la normativa durante este período previo a las elecciones generales. Las prohibiciones detalladas en el artículo 71 del Código Nacional Electoral incluyen la realización de actos públicos de campaña, el ofrecimiento o entrega de boletas de sufragio cerca de las mesas receptoras de votos, la publicación y difusión de encuestas preelectorales, la venta de bebidas alcohólicas, la realización de espectáculos populares y reuniones públicas, la apertura de organismos partidarios cerca de las mesas de votación y la portación de armas, banderas, distintivos o insignias partidarias, todo dentro de los plazos y distancias establecidos.

Fuente: 0221.com.ar